miércoles, 12 de diciembre de 2012

PENSIÓN DE ALIMENTOS: SU MODIFICACIÓN Y EXTINCIÓN

          Hablar de pensión de alimentos supone, en un gran número de casos, conflicto entre los progenitores. A una parte le parece insuficiente la cuantía, y a la otra, excesiva. Lo cierto, es que es muy habitual acudir a los tribunales con el objeto de modificar e incluso extinguir la pensión de alimentos. Pero ¿cuándo procede? ¿en qué casos prosperará la petición? Antes de entrar a analizarlos, quiero dejar dos extremos claros:

 -    EL HECHO DE QUE LOS HIJOS CUMPLAN LA MAYORÍA DE EDAD NO LLEVA APAREJADA LA EXTINCIÓN AUTOMÁTICA DE LA OBLIGACIÓN DE PASAR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS.
-  ESTAR EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO SIN COBRAR NINGUNA PRESTACIÓN, TAMPOCO EXTINGUE AUTOMÁTICAMENTE LA OBLIGACIÓN.

          Siempre que queramos variar la cantidad de la pensión de alimentos (al igual que la compensatoria), debemos interponer una demanda de modificación de medidas. Nuestro objetivo puede ser extinguir, reducir o aumentar la cuantía.

ME HAN BAJADO EL SALARIO, ¿PUEDO PEDIR QUE REDUZCAN LA PENSIÓN DE ALIMENTOS QUE PASO A MIS HIJOS? Sí, pero con matices. La reducción en su salario debe tener una entidad suficiente para que de verdad su situación económica se vea trastocada. Además, no puede tratarse de una situación transitoria ni deberse a causas imputables a la voluntad del progenitor obligado al pago (por ejemplo, pedir reducción de jornada voluntaria sin causa justificada).

ME  HE QUEDADO SIN TRABAJO Y ADEMÁS SE ME HAN AGOTADO TODAS LAS PRESTACIONES ¿QUÉ PUEDO HACER? Hasta hace unos años, quedarse en el paro no suponía la reducción de la pensión de alimentos, ya que se suponía que era una situación transitoria. Hoy día, teniendo en cuenta la situación del mercado laboral y la dificultad para acceder a un trabajo, los jueces suelen dar por buena esta circunstancia para reducir en algunas ocasiones, la pensión. Incluso si se trata de hijos mayores de edad, se podría conseguir extinguirla.

RECIENTEMENTE HE TENIDO UN HIJO CON MI NUEVA PAREJA. ¿ME DA ESTO DERECHO A REDUCIR LA CUANTÍA DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS? No supone una causa automática, pero sí que es una circunstancia a valorar. Si se carece de capacidad económica para mantener la cuantía y encargarse del nuevo hijo y la pareja no dispone de medios económicos propios, el juez podrá conceder la petición. Un extremo muy importante que se ha de tener en cuenta es que si después del nacimiento se siguió pagando durante un cierto tiempo la pensión, se crea una presunción de que sí hay capacidad para cumplir con dicha obligación.

¿QUÉ OTROS MOTIVOS PUEDEN DAR DERECHO A REDUCIR LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
- Un aumento de ingresos del progenitor custodio (tiene que tener carácter sustancial y no ser algo puntual).
- Que se produzca un cambio de convivencia. 
- Que las necesidades del niño se vean disminuidas: por ejemplo, por un cambio de escolarización de escuela privada a pública.
- Que los hijos mayores de edad perciban ingresos. Si alcanzan su independencia económica, la obligación cesará definitivamente.

ME HE ENTERADO DE QUE A MI EX LE HAN SUBIDO EL SUELDO UN 33%. ¿PUEDO SOLICITAR QUE AUMENTEN LA PENSIÓN DE ALIMENTOS? Además de producirse un aumento sustancial y continuado en el tiempo de los ingresos de su ex, estos no deben ir acompañados de una aumento de gastos y además, las necesidades del niño deben ser mayores. Si su hijo requiere de los mismos cuidados no hay causa que justifique un incremento en la pensión.

ME HAN REDUCIDO LA JORNADA A CONSECUENCIA DE UN ERE Y MIS INGRESOS SON MUCHO MENORES. ¿PUEDO PEDIR QUE INCREMENTEN EL IMPORTE DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS QUE MI EX LE PASA A MI HIJO?  Estas circunstancias sí que pueden suponer causa justificada para aumentar la pensión. Recuerde que la reducción de ingresos tiene que ser significativa y permanente en el tiempo.


La pensión de alimentos es un tema muy complejo, en el que hay que estudiar cada caso y analizar las circunstancias concretas. Por ello no hay una respuesta global, sino que hay que buscarla en cada supuesto.  Cualquier duda:
mteresamagdaleno@yahoo.es



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